Inicio / Servicios Colegiales / Grupo complementario I
 
  
  Colegio
 Servicios Colegiales
 Calendario
 Normativa y Legislación
 Publicaciones
 Noticias
 Bolsa de trabajo
PREMAAT
Introducción :: G. Complemt. II:: G. 2000::

 

 

 

 


El Grupo Complementario Primero:
  Grupo de afiliación voluntaria para los mutualistas inscritos o que hayan estado inscritos en este grupo antes del 1 de enero del 2000.

  Todas las prestaciones de este grupo son de suscripción conjunta y se devengan por los mutualistas que se encuentren en plenitud de derechos en el momento del hecho causante.

  Son incompatibles entre sí los devengos de las prestaciones de jubilación, invalidez y fallecimiento. Una vez devengadas la jubilación o la invalidez no se podrá causar nupcialidad, natalidad, accidente e incapacidad temporal.

  Los mutualistas que perciban pensión de jubilación o invalidez están exentos de satisfacer las cuotas ordinarias, teniendo plenitud de derechos.

  Funciona bajo un sistema técnico financiero actuarial de capitalización colectiva.

  Los mutualistas que estando de baja, causen nuevamente alta, si no han transcurrido más de 3 años desde la baja, se les reconocerán los derechos anteriores a la misma. Los mutualistas que reingresen con una edad superior a los 42 años han de satisfacer una cuota de reingreso.

 

 

 

 

 

    EXTRANET    EMPRESAS    F.A.Q.S. enlaces    mapa web       contacta descargas