PREMAAT es una entidad aseguradora de duración
indefinida y sin ánimo de lucro. Basada en
los principios de solidaridad, equidad y suficiencia.
Tiene por objeto, único y exclusivo, proteger
a sus mutualistas, beneficiarios y derechohabientes
frente a las contingencias previstas en sus Reglamentos.
Está inscrita en el Registro Especial de
Entidades Aseguradoras de la Dirección General
de Seguros, Órgano de Control de quien depende,
y en el Registro Mercantil de Madrid.
Actualmente, la actividad aseguradora de PREMAAT
tiene carácter alternativo y complementario
al sistema público de la Seguridad Social.
La relación jurídica entre PREMAAT
y el mutualista, derivada de su condición
de socio, es estatuaria y se rige por sus Estatutos
y Reglamentos y por lo dispuesto en la Ley 30/1995
de 8 de noviembre de Ordenación y Supervisión
de los Seguros Privados y normas de desarrollo,
así como por los acuerdos de los Órganos
Rectores de la Mutualidad.
Por su parte, la relación entre ambos, en
su condición de tomador del seguro, asegurado
y beneficiario, es contractual y se rige por lo
previsto en la Ley de Contrato del Seguro y en los
Reglamentos de la entidad que regulan las prestaciones.
Los mutualistas han de pertenecer a un grupo de
prestaciones de afiliación obligatoria que
será el Básico ó el 2000, pudiendo,
además, darse de alta en los grupos Complementarios.
Las cuotas ordinarias son mensuales y se satisfacen
hasta en tanto no se devenga la prestación
de jubilación o antes, si el mutualista fallece,
se invalida o causa baja.
Actualmente, PREMAAT está ya consolidada
y posicionada hacia el futuro, constituyéndose
en la más completa opción de previsión,
con el mejor servicio para el Aparejador y el Arquitecto
Técnico.
PREMAAT está con los Aparejadores y Arquitectos
Técnicos en los momentos más importantes
de su vida, otorgándoles prestaciones y servicios
para ellos mismos y también para sus familiares.
Coberturas que abarcan desde un subsidio por nupcialidad
o natalidad hasta una pensión de jubilación
o invalidez y acuerdos con otras entidades en materia
sanitaria, desde el ámbito financiero y en
temas relacionados con el ocio y la cultura.
La acción de previsión de PREMAAT
se realiza a través de la concesión
de prestaciones, que se encuentran encuadradas en
grupos. De esta forma, la Mutualidad internamente
está dividida en grupos de afiliación
obligatoria y de afiliación voluntaria.
Los nuevos mutualistas, desde el uno de enero de
2000, tienen que darse de alta en el grupo 2000,
de reciente creación que funciona con un
sistema económico-financiero de capitalización
individual, con prestaciones de ahorro de aportación
definida y prestaciones de riesgo con prestación
definida, que otorga participación en beneficios
y el reconocimiento del ahorro acumulado.
Mientras que, aquellas personas que antes del año
2000 sean o hayan sido mutualistas están
obligados afiliarse en el grupo Básico, cuyo
sistema es de capitalización colectiva y
de prestación definida.
Los grupos de afiliación voluntaria son:
el Complementario 1º y el Complementario 2º.
En el primero de ellos, regido por capitalización
colectiva, sólo pueden darse de alta los
mutualistas que en algún momento estuvieron
afiliados al mismo. El segundo, establecido en capitalización
individual, está abierto a todos los mutualistas
que lo deseen.
Actualmente, pueden ser mutualistas los Aparejadores
y Arquitectos Técnicos, sus familiares y
los empleados de las Instituciones de Arquitectura
Técnica.
Por este motivo, pueden afiliarse a PREMAAT los
hermanos, los hijos, el cónyuge y los hijos
de éste. Además, de aquellas personas
que estén relacionadas, de algún modo,
con el mundo de la Arquitectura Técnica,
como son los empleados de las Instituciones.